CTS: Consulta cuándo depositan, cómo se calcula y cuánto te toca cobrar
17/06/2026
La planificación financiera familiar requiere conocer con certeza los beneficios económicos que te corresponden por ley. Si necesitas saber qué es este beneficio, cómo se calcula y cuándo se depositan los fondos en tu cuenta bancaria, puedes realizar una proyección rápida utilizando nuestra herramienta digital antes de revisar las condiciones técnicas de la normativa peruana.
Simulador Digital de CTS
Ingresa tus datos laborales para proyectar el monto de tu depósito semestral regular o proporcional.
¿Cuándo se depositan los fondos en el banco?
El cronograma de cumplimiento es de carácter obligatorio para todo el sector privado en el Perú. El MTPE detalla que existen dos periodos de abono semestral claramente delimitados en el año:
- Depósito de Mayo: Se puede realizar hasta el 15 de mayo como fecha límite, cubriendo el tiempo laborado entre los meses de noviembre y abril.
- Depósito de Noviembre: Se puede realizar hasta el 15 de noviembre como fecha límite, cubriendo el tiempo laborado entre los meses de mayo y octubre.
Cualquier retraso u omisión en estas fechas límite constituye una infracción laboral grave sujeta a fiscalización por las autoridades competentes. Además, las empresas están obligadas a entregar al personal la correspondiente hoja de liquidación del depósito dentro de los cinco días hábiles posteriores al abono bancario.
¿Cómo se calcula el depósito de la CTS?
De acuerdo con las orientaciones oficiales del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), el cálculo se estructura a partir de la remuneración computable. Este concepto técnico incluye tu salario básico junto con todos los ingresos de carácter regular que percibas de forma mensual, tales como la asignación familiar.
Asimismo, la normativa establece que se debe incorporar a la base la proporción de las gratificaciones ordinarias recibidas en el semestre. Para ello, se suma exactamente un sexto de la gratificación percibida dentro del periodo evaluado.
Para entender la fórmula de forma didáctica, imagínala como una receta dividida en dos partes según tu tiempo en la empresa:
Por los meses completos trabajados:
Tu sueldo computable se divide entre 12 y se multiplica por tus meses en la empresa.
Por los días sueltos (Si los tienes):
Tu sueldo computable se divide entre 360 (los días del año comercial) y se multiplica por tus días laborados.
¿Un truco rápido? Si trabajaste el semestre completo (6 meses exactos), no necesitas calcular los días: tu depósito será, de forma directa, la mitad de tu sueldo mensual computable. En términos referenciales, equivale aproximadamente a media remuneración mensual.
¿Qué es la CTS y quiénes se benefician de ella?
La Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) constituye una obligación legal regulada por el Texto Único Ordenado de la Ley de CTS. Corresponde a un fondo de protección económica de contingencia diseñado para resguardar las finanzas del trabajador frente a una eventual pérdida del empleo o situación de desempleo.
Este beneficio social ampara exclusivamente a los trabajadores contratados bajo el régimen de la actividad privada que cumplan, como mínimo, con una jornada laboral promedio de cuatro horas diarias. Quedan excluidos los locadores de servicios o personal independiente.
Condiciones de disponibilidad y reglas de retiro
Dado que la finalidad principal de este beneficio según la legislación laboral es servir como un fondo de contingencia, la normativa vigente resguarda la intangibilidad del saldo. Los empleados en planilla únicamente se encuentran facultados para realizar el retiro del excedente de cuatro remuneraciones brutas acumuladas en su cuenta de ahorros. El monto restante debe mantenerse retenido de forma obligatoria como garantía de protección.
